CONTRATACIÓN DE MONITORES/SOCORRISTAS PARA LA CAMPAÑA PISCINA MUNICIPAL 2017.

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Bases para la formación de bolsa de trabajo para contratación temporal de monitores-socorristas para la temporada de Piscina Municipal del 2017. 

PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

1.-   Es objeto de la presente convocatoria la formación de una bolsa de trabajo para la  contratación temporal de   Monitores-Socorristas para la Piscina Municipal durante la campaña de verano 2017.

Para ello  se realiza  la presente convocatoria con el objeto de garantizar  los principios de publicidad, mérito y capacidad.

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la legislación específica, Ley 7/85, R.D.L. 781/86 de 18 de Abril art. 177-2, Estatuto Básico del Empleado Público y Estatuto de los Trabajadores.

2.- La Comisión de selección no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

SEGUNDA: CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES.

Para ser admitido a las pruebas selectivas de acceso a la plaza convocada será necesario reunir todos los siguientes requisitos:

  1. Ser español, y llevar empadronado en la localidad al menos  un año.
  2. Mayores de 16 años con autorización del tutor.
  3. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.
  4. Títulos de Socorrista homologado.

TERCERA: PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

  1. Presentación de Solicitudes.
  1. Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se dirigirán al Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, conforme al Modelo Oficial que figura como Anexo I a las presentes Bases. A la solicitud deberá acompañarse OBLIGATORIAMENTE los documentos acreditativos de reunir los requisitos mínimos para participar y de los méritos que se alegan. 

Las instancias también podrán presentarse  en la forma que determina el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1de Octubre de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

El Plazo de presentación de instancias será hasta el 8 de Junio de 2017, a las 14:00h.

         B.- Admisión de Aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el  Alcalde dictará  resolución  declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos En dicha resolución que se publicará en el Tablón de Anuncios, se indicará nombre, apellidos, y  D.N.I. de los admitidos y excluidos e indicando las causas de la exclusión y concediendo un plazo de tres días ( desde el día 12 hasta las 14 horas del día 14 de junio) para la subsanación de defectos, en su caso, a tenor de lo dispuesto en el art.68 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre.

Transcurrido dicho plazo la Alcaldía resolverá las reclamaciones presentadas y aprobará la lista definitiva.

 

CUARTA: COMISIÓN DE VALORACIÓN

         1.- Composición: La Comisión de Valoración estará integrado por los miembros siguientes:

         Presidente: Funcionario   del Ayuntamiento de Hinojos.

         Vocales: Dos funcionarios del Ayuntamiento, a designar por la Alcaldía

         Secretario: El Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Hinojos, o funcionario en quien delegue.

         2.- Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo y de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre, notificándolo a la autoridad convocante.

         3.- Constitución y actuación: La Comisión de valoración no podrá constituirse  ni actuar sin la asistencia, como mínimo de uno de los vocales, el Secretario, y el Presidente.

         Las decisiones  se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de  calidad del Presidente del Tribunal.

         La actuación del Tribunal se ajustará  estrictamente a las Bases de la convocatoria. No obstante, la Comisión resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las Bases. Velar  por el desarrollo del proceso selectivo, calificar las pruebas  y aplicar los baremos correspondientes.

 

QUINTA: PROCESO DE SELECCIÓN.

         La Selección de los aspirantes se realizará por el Tribunal en una única convocatoria a la vista de los méritos alegados y justificados por los aspirantes, según los criterios que a continuación se detallan.

         Número de vacantes a seleccionar: a determinar

Periodo de Contratación: Temporada de Verano.

         Tipo de Contrato: Laboral, por obra o servicio determinado

Retribución bruta mensual:      873,34.- €/mes

         Titulación mínima: La prevista en la Base segunda letra d).

 

Criterios de Baremación del concurso:

  1. a) Cursos, Seminarios, Congresos, Jornadas:

Por la participación como asistente en Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas, siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por centros  autorizados:

  • De duración superior a 91 horas: 1 punto.
  • De 46 a 90 horas: 0,70 puntos.
  • De 26 a 45 horas: 0,50 puntos.
  • De 16 a 25 horas: 0,25 puntos

                  

Aquellos en los que no se acredite debidamente las horas, no serán tenidos en cuenta.

Como máximo, se podrán obtener 3 puntos en este apartado.

 

  1. b) Examen- Entrevista:

 Se realizarán por parte del Tribunal preguntas relacionadas con el puesto de trabajo a realizar.

Como máximo, se podrán obtener en la entrevista un máximo de 5 puntos.

Los méritos no alegados, justificados y acreditados documentalmente con la solicitud no serán tenidos en cuenta ni podrán ser objeto de valoración por la Comisión.

Los documentos para la valoración de los méritos no aportados junto con la solicitud, NO SERÁN SUBSANABLES.

  1. c) Titulación específica para monitoraje de natación:

         Tener el curso específico de monitor de natación por algún centro Homologado,      Licenciado en Ciencias de la Actividad física y el Deporte o el T.A.F.A.D.

         La valoración de este curso será de 2 puntos.

SEXTA. SELECCIÓN DE CANDIDATOS: La Comisión de Valoración, se reunirá a las 9.00 horas del día 9 de junio de 2017 para proceder a la selección de los candidatos que estén admitidos y excluidos en el procedimiento, y elevando al Sr. Alcalde la propuesta.

El resultado, será publicado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, el día 12 de Junio. Contra la misma se podrá presentar recurso en el plazo de dos días hábiles (hasta las 14 horas del día 14 de junio)

La Comisión de Valoración, se reunirá a las 9.00 horas del día 15 de junio de 2016 para determinar tras el periodo de reclamación inicial la lista definitiva de admitidos y excluidos. Una vez cerrado este procedimiento, la Comisión se anunciará  la fecha de entrevistas-examen .dichas entrevistas se realizarán los días 19  de Junio.

La comisión de valoración se reunirá las 9:00 horas del día 20 de Junio para proceder a la valoración de los méritos alegados por los candidatos presentados, y elevando al Sr. Alcalde la propuesta de aprobación de la Bolsa de Trabajo ordenada de mayor a menor puntación abstenidas.

La puntuación final vendrá determinada por la suma de la puntuación de los miembros del Tribunal.

El resultado final de la Bolsa de Empleo, ordenada de mayor a menor puntuación, será publicada en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento el día 21 de Junio de 2017, contra la misma se podrá presentar recurso en el plazo de dos días hábiles (hasta las 14 horas del día 23 de junio)

SÉPTIMA: El llamamiento de los candidatos incluidos en la Bolsa de Empleo Temporal de Monitores-Socorrista, se realizará por riguroso orden de la lista resultante tras el proceso de valoración. Debido a que a la fecha actual se desconoce el número de personas a contratar, no se establece ningún número cerrado, ni periodo de contratación. La contratación del personal se realizará conforme a las necesidades que se vayan produciendo.

El llamamiento de los candidatos se podrá realizar vía telefónica, fax, correo electrónico con, al menos, veinticuatro horas de antelación a la fecha prevista para el reconocimiento médico obligatorio; la incomparecencia a dicho reconocimiento, dará lugar a la exclusión de la Bolsa de Empleo, pasando el llamamiento al siguiente de la lista.

La renuncia voluntaria al llamamiento, o a la Bolsa de Empleo, deberá realizarse por escrito y presentada en el Registro General del Ayuntamiento.

OCTAVA: Las  Bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos  y en la forma establecida en la vigente Ley 30/92 de 26 de Noviembre.

 

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