Reapertura del Cementerio Municipal de Hinojos

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A partir del próximo lunes, 11 de marzo, el Cementerio de Hinojos abrirá sus puertas entre las 9:00h y las 13:00h. Los visitantes no permanecer más de una hora en dichas instalaciones.

El alcalde de Hinojos, Miguel A. Curiel Reinoso, ha firmado un decreto de alcaldía para la reapertura del Cementerio Municipal. Medida que se han llevado a cabo tras aplicarse la Fase 1 en la desescalada del Estado de Alarma y permitir a la provincia de Huelva la transición hacia la nueva normalidad.

Las medidas resueltas tendrán vigencia en función de la evolución de la epidemia y las medidas que progresivamente se vayan aplicando según el Plan para la desescalada, con objeto de hacer frente a la pandemia de COVID-19.

En la Decreto de Alcaldía se ha resuelto: 

Disponer desde el 11 de mayo de 2020 la reapertura al público del Cementerio Municipal. Las condiciones de reapertura al público son las siguientes:

  • Horario: de lunes a sábado (se excluyen domingos y festivos), de 09:00 a 13:00 horas.
  • El tiempo de permanencia máxima para visitas en el recinto por usuario será de una hora.
  • Se recomienda a los usuarios acudir al recinto provistos de sus propios guantes y de mascarilla, y respetarán en su interior una distancia mínima interpersonal de seguridad de dos metros. Asimismo, los usuarios deberán lavarse las manos con solución o gel hidroalcohólico tanto a la entrada como a la salida del recinto, para lo que se facilitará por el servicio municipal competente un dispensador de solución o gel hidroalcohólico en la entrada del recinto con este fin. 
  • Los usuarios deberán atender en todo caso las indicaciones y recomendaciones que se reciban del personal encargado del cementerio municipal.
  • Se recomienda a la ciudadanía reducir las visitas al máximo, como medida de prevención.

Con respecto a los velatorios, el artículo 8 de Orden SND/399/2020 de 9 de mayo establece lo siguiente:

“1. Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo en cada momento de quince personas      en espacios al aire libre o diez personas en espacios cerrados, sean o no convivientes”

  1. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 15 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida de difunto.
  2. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COViD-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria”.

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